Abogados ante la Audiencia Nacional: terrorismo, corrupción y narcotráfico

En BP – Boutique Penal dirigimos la defensa y la acusación particular ante la Audiencia Nacional, el órgano competente para enjuiciar las macrocausas más sensibles del sistema penal español: terrorismo, narcotráfico de bandas organizadas, defraudaciones de grave repercusión, falsificación de moneda y delitos cometidos fuera del territorio nacional cuya jurisdicción corresponde a los Tribunales españoles. Las competencias materiales y procesales de la Sala de lo Penal vienen recogidas, de forma esencial, en el art. 65 de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial.

Nuestro equipo combina letrados especialistas en macrocausas con peritos forenses, economistas y procuradores acreditados en Madrid para articular una estrategia integral de 360 grados. Intervenimos en la fase de instrucción del Tribunal Central de Instancia – Sección de Instrucción, en el enjuiciamiento ante la Sala de lo Penal y, cuando procede, en la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional y en la posterior casación ante el Tribunal Supremo. En la Audiencia Nacional la estrategia se decide en las primeras semanas de la instrucción: blindar la prueba, controlar las medidas cautelares y delimitar la imputación es la diferencia entre una defensa viable y una condena anunciada.

Mesa de junta con expedientes de defensa ante la Audiencia Nacional en despacho de abogados penalistas

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Competencias materiales y procesales que defendemos en la Audiencia Nacional

  • Abogados ante la Audiencia Nacional por delitos de terrorismo: defensa y acusación en causas instruidas por la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia y enjuiciadas por la Sala de lo Penal.
  • Defensa ante la Audiencia Nacional por delitos contra la Corona y altos organismos de la Nación: conforme al art. 65 LOPJ, causas contra el titular de la Corona, su Consorte, su Sucesor o Sucesora y altos organismos.
  • Abogados ante la Audiencia Nacional por falsificación de moneda y medios de pago: falsificación de tarjetas de crédito y débito y otros instrumentos de pago cometida por organizaciones o grupos criminales.
  • Defensa ante la Audiencia Nacional por defraudaciones de grave repercusión: defraudaciones y maquinaciones para alterar el precio de las cosas que produzcan grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil y en la economía nacional.
  • Abogados ante la Audiencia Nacional por narcotráfico de bandas organizadas: tráfico de drogas o estupefacientes y fraudes alimentarios o farmacéuticos cometidos por bandas o grupos organizados con efectos en más de una Audiencia Provincial.
  • Defensa ante la Audiencia Nacional por delitos cometidos fuera del territorio nacional: hechos cuya jurisdicción corresponda a los Tribunales españoles conforme a las leyes y los tratados internacionales.
  • Abogados ante la Audiencia Nacional para delitos atribuidos a la Fiscalía Europea: causas asumidas por la Fiscalía Europea conforme a los arts. 22 y 25 del Reglamento (UE) 2017/1939, esencialmente fraudes a los intereses financieros de la Unión.
  • Defensa ante la Audiencia Nacional por contrabando de material de defensa y doble uso: contrabando de armamento, productos y tecnología sometidos a control de exportación.
  • Abogados para extradiciones pasivas y Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE): defensa frente a reclamaciones internacionales tramitadas ante la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia y la Sala de lo Penal.
  • Recurso de apelación ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional: impugnación de las sentencias dictadas por la Sala de lo Penal en primera instancia, paso previo a la casación.

Servicios especializados en defensa ante la Audiencia Nacional

Abogados especialistas en defensa por delitos de terrorismo

La instrucción y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo corresponde de forma exclusiva a la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia y a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Son causas marcadas por la urgencia probatoria, la intervención de cuerpos policiales especializados, el uso de prueba tecnológica masiva y la aplicación de medidas cautelares severas desde el primer día. La calidad de la defensa se decide en las setenta y dos horas siguientes a la detención.

Le proporcionamos asistencia técnica integral en cada fase de la causa:

  • Asistencia letrada inmediata en detención incomunicada: control del régimen de incomunicación, salvaguarda del derecho de defensa y del secreto profesional, examen del atestado y de las diligencias practicadas.
  • Defensa frente a la prisión provisional: articulación del recurso de reforma y apelación ante la Sala de lo Penal, impugnación del juicio de proporcionalidad y de los fines constitucionales que justifican la medida.
  • Estrategia probatoria en juicio oral: control de la prueba tecnológica, impugnación de intervenciones de comunicaciones, contradicción pericial sobre dispositivos electrónicos y análisis forense digital.

Abogados expertos en narcotráfico de bandas y grupos organizados

El art. 65 LOPJ atribuye a la Audiencia Nacional el conocimiento del tráfico de drogas cometido por bandas o grupos organizados cuando los hechos produzcan efecto en más de una Audiencia Provincial. Son causas con instrucción prolongada, intervenciones telefónicas masivas, operativos policiales internacionales, comisos cuantiosos y, con frecuencia, derivadas hacia el blanqueo de capitales y los delitos contra la salud pública en su modalidad agravada.

Trabajamos cada defensa desde la fase de instrucción del Tribunal Central de Instancia:

  • Impugnación de la cadena de custodia y de las intervenciones telefónicas: análisis de los autos habilitantes, control del estándar constitucional de motivación y de la doctrina del árbol envenenado.
  • Defensa frente a la organización criminal y a la agravación por jefatura: contradicción del juicio de pertenencia, delimitación del rol concreto del defendido y articulación de la cooperación atenuada.
  • Estrategia patrimonial frente al comiso ampliado: impugnación del decomiso de bienes, defensa de terceros afectados y articulación del régimen de pieza separada.

Abogados especialistas en defraudaciones de grave repercusión nacional

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional asume las defraudaciones y maquinaciones para alterar el precio de las cosas que produzcan grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil, en la economía nacional o perjuicio patrimonial en una generalidad de personas. Son causas penales económicas de gran volumen documental, con cooperación de cuerpos especializados como la Unidad Central Operativa o la ONIF, peritaje contable extenso y conexión frecuente con el blanqueo de capitales y el alzamiento de bienes.

Le ofrecemos defensa técnica especializada en cada vertiente:

  • Estrategia pericial contable y forense: coordinación con peritos auditores propios para refutar el informe oficial y construir un relato alternativo sobre el flujo económico controvertido.
  • Defensa frente a medidas cautelares reales: impugnación del embargo preventivo, de la prohibición de disponer y de las fianzas exorbitantes que comprometen la continuidad empresarial.
  • Negociación de conformidades y acuerdos de reparación: articulación de la atenuante de reparación del daño y, cuando procede, de la conformidad estratégica al inicio del juicio oral.

Abogados para extradiciones pasivas y Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE)

La Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia tramita los procedimientos de extradición pasiva y las Órdenes Europeas de Detención y Entrega que afectan a personas detenidas o residentes en España. La decisión final sobre la entrega corresponde, según el régimen, a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional o al propio Juzgado Central. Son procedimientos de plazos cortos, garantías reforzadas y consecuencias inmediatas sobre la libertad.

Articulamos la defensa con perspectiva nacional e internacional:

  • Oposición a la entrega por causas de denegación obligatoria y facultativa: impugnación basada en doble incriminación, garantías procesales del Estado requirente, prescripción y riesgo de tratos contrarios al art. 3 CEDH.
  • Coordinación con la defensa en el país requirente: intercambio probatorio con letrados locales para construir el expediente de oposición con material verificable.
  • Garantías de no entrega y condiciones: negociación de garantías sobre régimen penitenciario, salud y reagrupación familiar, fundamentales en OEDE intra-UE.

Defensa ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional conoce de los recursos de apelación contra las sentencias dictadas en primera instancia por la Sala de lo Penal. Es la segunda instancia obligatoria garantizada por los arts. 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 2 del Protocolo n.º 7 al Convenio Europeo de Derechos Humanos. La apelación abre una revisión más amplia que la posterior casación, y la calidad técnica del recurso determina las opciones reales del recorrido casacional ulterior.

Asumimos el recurso con plena coherencia estratégica:

  • Construcción del recurso de apelación: identificación de motivos por infracción procesal, vulneración de derechos fundamentales y error en la apreciación de la prueba conforme a la doctrina de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
  • Preparación anticipada de la casación: redacción del recurso de apelación dejando articuladas las protestas y los motivos que abrirán la vía casacional ante el Tribunal Supremo.
  • Acusación particular en sede de apelación: impugnación de absoluciones, agravación de la pena y revisión de la responsabilidad civil derivada del delito.

¿Por qué confiar en nuestros expertos en defensa ante la Audiencia Nacional?

Las causas que tramita la Audiencia Nacional rara vez admiten enmienda en sede de recurso. Son procedimientos largos, con instrucciones de varios años, miles de folios, intervenciones tecnológicas y operativos policiales coordinados con cuerpos extranjeros, donde la prueba se obtiene, contamina o blinda en los primeros meses. Un error de estrategia en esa fase, una prisión provisional mal recurrida o una pericial no impugnada en tiempo, pueden condenar el desenlace del juicio oral con independencia de la calidad técnica del juicio mismo.

En BP – Boutique Penal intervenimos desde la primera diligencia. Controlamos las medidas cautelares personales y reales, blindamos la cadena de custodia, contradecimos la prueba pericial con peritos propios y planificamos la defensa con plena conciencia de las vías de recurso disponibles ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional y, después, ante el Tribunal Supremo. Nuestro objetivo es construir la defensa antes del juicio oral, no improvisarla durante su celebración. Por la naturaleza de las causas, ese trabajo silencioso de los primeros meses suele decidirlo todo.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipos de delitos juzga la Audiencia Nacional?

Conforme al art. 65 de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional enjuicia, entre otros, los delitos contra el titular de la Corona y altos organismos de la Nación; la falsificación de moneda y de medios de pago cometida por grupos criminales; las defraudaciones y maquinaciones para alterar precios que produzcan grave repercusión en la economía nacional; el tráfico de drogas cometido por bandas u organizaciones; los delitos cometidos fuera del territorio nacional cuya jurisdicción corresponda a los Tribunales españoles; los delitos atribuidos a la Fiscalía Europea; y el contrabando de material de defensa o de doble uso. También conoce, con la misma extensión, de los delitos conexos.

¿Cómo puedo recurrir una sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional?

Las sentencias dictadas en primera instancia por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional son recurribles en apelación ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, segunda instancia obligatoria garantizada por el art. 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Contra la sentencia de la Sala de Apelación cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en los términos del art. 847 LECrim tras la reforma de la Ley 41/2015. La preparación del recurso de apelación condiciona toda la estrategia casacional posterior, por lo que la coherencia técnica entre ambas fases es decisiva.

¿Qué medidas cautelares son típicas en procesos ante la Audiencia Nacional?

En las causas instruidas por el Tribunal Central de Instancia son frecuentes la prisión provisional —ordinaria o comunicada e incomunicada en supuestos tasados—, la retirada de pasaporte, la prohibición de salida del territorio nacional y la comparecencia periódica. En el plano patrimonial son habituales el embargo preventivo, la prohibición de disponer sobre bienes y derechos, las fianzas de responsabilidad civil y, en su caso, el comiso ampliado. La impugnación temprana de estas medidas mediante recurso de reforma y apelación ante la Sala de lo Penal es clave: una vez consolidadas, su revisión durante la instrucción se vuelve mucho más difícil.

¿Cuál es el papel del Tribunal Central de Instancia – Sección de Instrucción?

Tras la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2025, la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia asume las funciones que históricamente correspondían a los Juzgados Centrales de Instrucción. Es el órgano que investiga las causas competencia de la Audiencia Nacional —terrorismo, narcotráfico de organizaciones, delitos económicos de grave repercusión, hechos cometidos en el extranjero, etcétera— y tramita las extradiciones pasivas y las Órdenes Europeas de Detención y Entrega. Sus autos son recurribles, según los casos, en reforma ante el propio órgano y en apelación ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.